Derechos de pago

Hasta el 2020 hemos estado ejerciendo la actividad agraria. Por causa de enfermedad incapacitante (pérdida signifiticativa de visión en tratamiento) nos hemos visto obligados a reducir considerablemente la cabaña de ovejas. Mi pregunta es: para el mantenimiento de los derechos básicos de la pac ¿existe algún mínimo de animales que deban mantenerse en el libro ganadero? ¿Qué otras condiciones se establecen para su mantenimiento? ¿Pueden arrendarse las tierras o parte de ellas para que otro ganadero las incluya en su PAC como hectáreas de arrendamiento? ¿Influiría eso en los derechos?

PD: ¿Dónde puedo encontrar el listado de oficinas de atención de Extremadura?

 

Saludos y muchas gracias, Valeria

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