El reconocimiento como Entidad Asociativa Prioritaria no excluye la solicitud de otras ayudas ante distintas administraciones, pero nunca cuando vayan destinadas al mismo fin y objetivo; como por ejemplo, no se puede solicitar dos ayudas distintas para construir la misma instalación.
Una vez se reconoce como Entidad Asociativa prioritaria, en la revisión anual de reconocimiento, tiene la obligación de presentar: - Conjunto de productores que forman parte de la Entidad Asociativa Prioritaria y de las entidades que la formen. - Memoria social y económica anual e informe del auditor, en caso que se disponga. Cualquier cambio que tenga influencia sobre la Entidad Asociativa Prioritaria debe de comunicarse.