En el listado de cultivos denominados de bajo riesgo se establece en relación a los cítricos una diferenciación entre grupos de cultivo.
En consecuencia una explotación citrícola que cuente con 1.5 has de naranjo, 1.5 has de mandarino y 1.5 has de pomelo se consideraría EXENTO de contrato de asesor.
Como aclaración necesaria conviene recordar que la variedad y por tanto el grupo varietal al que pertenecen se declara en la solicitud única de la Pac. El grupo mandarino a estos efectos está formado por Clementina, Cítrico Híbrido y Satsumas.