Los agricultores podrán vender sus productos directamente al consumidor

La normativa busca potenciar el consumo de alimentos de proximidad pero excluye la leche, el pescado y semillas germinadas por razones higiénico-sanitarias

Fuente: Agritec

La Generalitat ha aprobado el nuevo marco normativo que regula la denominada 'venta de proximidad' de productos primarios y agroalimentarios, para facilitar que agricultores y ganaderos puedan comercializar sus productos directamente al consumidor final. Este tipo de venta directa se ha realizado desde siempre y perdura con vigor en muchos pueblos y en mercados ocasionales. Lo que se pretende ahora es contribuir con esta normativa a que crezca más, de modo que se dé cauce adecuado para potenciar y mejorar la economía de las pequeñas explotaciones agrarias de la Comunitat Valenciana.

Según han destacado fuentes de la Conselleria de Agricultura, este tipo de venta «beneficia a productores y consumidores, ya que reduce el proceso de traslado e intermediación de los productos agroalimentarios». Además, con la venta de proximidad «se favorece la diversificación en las explotaciones agrarias».

Además se pretende contribuir a consolidar el turismo rural y la restauración basada en productos agrarios locales, al tiempo que «se incentiva una economía más familiar con la creación de microempresas asociadas al ámbito rural, lo que contribuye a la creación de empleo local y a la fijación de la población en zonas que sufren despoblamiento».

El decreto que regula la venta directa de alimentos de proximidad también está encaminado a favorecer «el consumo de los productos de temporada en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana» y pretende ser «un impulso para la recuperación de la agricultura valenciana y un refuerzo a la apuesta del Consell de cambio del modelo productivo».

Los productores interesados en afianzarse en esta línea de venta directa deberán incribirse como tales en un registro oficial y cumplir una serie de requisitos que se detallan en la normativa. Deberán acondicionar sus instalaciones de producción, preparación y venta, contando para ello, si es preciso, con el asesoramiento de técnicos de la Generalitat o de un Centro especializado como AGRITEC.

Se excluyen de la venta directal la leche cruda, los moluscos bivalvos, la carne (excepto de pollo y conejo en cantidades limitadas), pescado, brotes vegetales y semillas germinadas.